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Las claves y duración del permiso de paternidad

La decisión de ser padres es muy bonita por todo lo que supone para la familia, pero a la vez no está exento de miedos y dudas, sobre todo burocráticas al comienzo. Hasta hace pocos años la madre ha sido siempre la beneficiaria de un permiso por maternidad, pero poco a poco los hombres también van equiparando sus derechos en relación al permiso de paternidad. Y es aquí donde queremos incidir y darte toda la información que necesitas del permiso de paternidad si vas a ser padre en breve.

Qué es el permiso de paternidad

El permiso de paternidad, al igual que el de maternidad, es un subsidio al que se pueden acoger los padres para suspender su contrato de trabajo o actividad laboral. El motivo para solicitar este permiso es el nacimiento de un hijo, su adopción o acogimiento.

 

Duración del permiso de paternidad en 2020-2021

La duración del permiso de paternidad subió a 12 semanas a partir del 1 de enero de 2020. Y a partir del año 2021 va a volver a subir en los nacimientos posteriores al 1 de enero, en esta ocasión hasta las 16 semanas. España todavía no se puede equiparar a muchos de los países europeos en cuanto a medidas de conciliación se refiere, pero poco a poco se van dando pasos para acortar esta brecha.

Es importante tener en cuenta la duración del permiso ya que los bebés, con tan pocos meses de vida, no pueden seguir siendo cuidados exclusivamente por los padres y madres. A no ser que se pueda coger una excedencia, reducir jornada o dejar el trabajo, hay que volver al puesto de trabajo. Y es aquí cuando se necesita ayuda por parte de abuelos y familiares. Pero es, en tiempos de pandemia, cuando más está haciendo falta servicios de cuidado de niños como el que ofrecemos en Familiados para ayudar a las familias a conciliar su vida laboral y familiar.

 

¿Cómo se disfruta el permiso de paternidad?

Tras el nacimiento del bebé y de forma obligatoria, esas primeras cuatro semanas del permiso de paternidad han de usarse de forma ininterrumpida. A partir de ahí, el resto de las semanas se pueden disfrutar de manera interrumpida. No obstante, hay que tener estos aspectos en cuenta:

  • El permiso, que tiene una retribución completa, no se puede transferir. Esto, no se puede ceder a la madre si el padre no lo disfruta.
  • Esas semanas restantes han de cogerse una vez finalizado el descanso obligatorio tras el parto y antes de que el bebé cumpla el año de edad.
  • El permiso de paternidad se puede acoger a jornada completa o con una jornada parcial de un mínimo del 50%. Para ello, se debe llegar a un acuerdo con la empresa para la que trabaja.

 

¿Cómo solicitar el permiso de paternidad?

El primer paso para poder solicitar el permiso de paternidad es hablar con la empresa en la que trabaja el padre. Debes solicitar un certificado de baja en el que aparezca el salario percibido en la última nómina. De esta manera la Seguridad Social podrá calcular el importe que le corresponde al padre durante la baja por paternidad.

El siguiente paso para el padre es acudir a una oficina de la Seguridad Social. Lo debe hacer una vez haya nacido el bebé y deberá rellenar la solicitud por prestación de paternidad. Además de esa solicitud, hay que presentar diversa documentación. Te detallamos a continuación lo que tienes que llevar:

  • El certificado de empresa que has pedido con anterioridad. Lleva también tu última nómina.
  • El original y fotocopia de tu DNI.
  • El certificado de nacimiento del hijo o hija.
  • El libro de familia, tanto el original como fotocopia. Otra opción es llevar el certificado de nacimiento.
  • El número de cuenta bancaria.

 

Requisitos para disfrutar del permiso de paternidad

Para poder tener derecho al permiso de paternidad son necesarios unos requisitos. De esta forma, te indicamos a continuación qué requisitos necesitan los funcionarios, trabajadores por cuenta ajena o autónomos:

  • Debes estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social.
  • Necesitas haber cotizado un periodo mínimo.
  • Varía en función de la edad, pero a partir de los 26 años debes haber cotizado 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso. Otra opción es tener cotizados 360 días a lo largo de tu vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
  • Entre los 21 y 26 años se reduce a la mitad la cotización. Es decir, haber cotizado 90 días dentro de los 7 años anteriores o tener cotizados 180 días a lo largo de la vida laboral.
  • Para menores de 21 años no se exige una cotización mínima dada la edad del padre.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas en un régimen de trabajadores por cuenta ajena.

 

Fotografía – freepik

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